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Pago de sentencias

¿Qué es el pago de sentencias?

Todo proceso judicial tiene como finalidad, desde el punto de vista del demandante, obtener el reconocimiento y el pago de la sanción judicial, o recibir el pago de la sentencia judicial.

¿Cuánto tiempo se demora el pago de la sentencia?

Las instituciones estatales que forman parte del Presupuesto General de la Nación y cobran la mayor deuda son el Ministerio de Defensa, la Procuraduría General de la República, la Policía Nacional, el Consejo General de la Judicatura y el Instituto Nacional de Carreteras (Invias).

Estas entidades han retrasado el pago de sanciones durante años y el plazo de pago se ha incrementado en los últimos años. Por ejemplo, dependiendo de la reciente ejecución de la sentencia contra el Ejército y la rapidez histórica de pago, puede llevar más de cinco años realizar el pago. El caso de la Fiscalía General de la Nación (FGN) es aún más dramático porque podría durar más de ocho años.

Tabla de tiempos de pago de sentencias Judiciales en Colombia

ENTIDADPRESUPUESTO 2021TURNO DE PAGO
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN$40.1 millardosJunio de 2014
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL$179.5 millardosPrimer semestre de 2015
POLICÍA NACIONAL$134.3 millardosPrimer semestre de 2015
INVIAS$31.0 millardosPrimer semestre de 2019
Turnos de pago de sentencias judiciales

Requisitos para el trámite, reconocimiento y pago de Sentencias Judiciales

  1. Copia del Auto aprobatorio de la conciliación o de la sentencia con la constancia de estar ejecutoriada y ser la primera copia que presta mérito ejecutivo, según corresponda; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Código de Procedimiento Civil; no se aceptan fotocopias simples ni autenticadas.
  2. Copia auténtica del poder que le fue otorgado dentro del proceso, con la constancia de que se encuentra vigente.
  3.  Certificación expedida por la corporación bancaria respectiva informando por escrito el número de cuenta, nombre del cuentahabiente, identificación, tipo de cuenta y si a la fecha se encuentra activa.
  4. Manifestación bajo la gravedad de juramento que no se ha presentado ninguna otra solicitud de pago de la providencia.
  5. Datos de identificación, teléfono y dirección de los beneficiarios y sus apoderados.
  6.  Los documentos deben radicarse con nota de presentación personal, la cual puede realizarse en cualquier notaría del país o despacho judicial. Si al momento de radicar la documentación, no cuenta con la nota de presentación personal, solicite al funcionario de la ventanilla de correspondencia su realización.


Beneficiarios menores de edad

Beneficiarios fallecidos

En caso de fallecimiento del beneficiario de la sentencia o conciliación, el pago se efectuará a los herederos, siempre que eleven la respectiva solicitud ante el Jefe de Oficina Jurídica y alleguen los siguientes documentos:

Beneficiario persona jurídica

Tenga en cuenta para el pago de su sentencia

¿Qué norma(s) regula(n) el pago de sentencias judiciales proferidas en contra de una entidad pública?

La norma que regula el pago de sentencias judiciales es la CIRCULAR DE LOS REQUISITOS PARA EL TRÁMITE, RECONOCIMIENTO Y PAGO DE SENTENCIAS JUDICIALES Y CONCILIACIONES, que podrá conocer acá o haciendo clic a la imagen

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